miércoles, 6 de mayo de 2015

Características Excel.



 Es una hoja de cálculo.

 Puede hacer cálculos muy largos.
  Tiene limitaciones increíblemente pequeñas.
 Una tabla no es un reto para Excel.
 Plantillas y ejemplos muy explícitos.

 Relleno y formato de celdas.

Conceptos Excel.




Excel  es  una  Hoja  Electrónica  de  Cálculos.  Una  hoja  de  cálculo  es  una  colección  de  filas  y
Columnas que contienen texto y números.
Excel  2003,  es  una  magnifica  herramienta  para  realizar  cálculos  bajo  Windows.   Con  este
programa  podrá  realizar  desde  operaciones  muy  sencillas  como  sumar,  hasta  cálculos
estadísticos  muy  complejos;  además  puede  crear  formulas,  usar  funciones,  entre  otras

Operaciones.

Microsoft Excel

Introducción a Microsoft Excel


Excel es  un  programa  informático desarrollado  y  distribuido  por Microsoft Corp.  Se  trata  de  un software que  permite realizar tareas  contables  y financieras gracias  a  sus  funciones, desarrolladas  específicamente  para  ayudar a crear y trabajar con hojas de cálculo.

La  primera  incursión  de  Microsoft  en  el  mundo  de  las  hojas  de cálculo (que  permiten

Manipular datos numéricos en tablas formadas por la unión de filas y  columnas) tuvo lugar en 1982, con la presentación de Multiplan. Tres años más tarde llegaría la primera versión de Excel.

martes, 5 de mayo de 2015

CONTRATO DE ALQUILER DE CASA

CONTRATO DE ALQUILER DE CASA


Ejemplo
ENTRE:

De una parte, MIGUEL S. HADDAD PEREZ nacionalidad DOMINICANA, mayor de edad, de profesión u oficio COMERCIANTE, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0974420-1, domiciliado   (a) y residente en el número SANTO DOMINGO ESTE ( 24-B ) de la calle #39, del sector de VILLA CARMEN ESTE ,de esta ciudad quien en el presente contrato se denominará EL (LA) PROPIETARIO(A); y de la otra parte, DANIEL PICHARDO REYES de nacionalidad DOMINICANA, mayor de edad, de profesión u oficio COMERCIANTE, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-1545828-3, domiciliado(a) y residente en el número  ( #3 ) de la calle ROSA DUARTE MANZANA 4738, del sector de INVIVIENDA de esta ciudad quien en lo que sigue en el presente contrato se denominará EL (LA) INQUILINO(A).

SE HA CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE:
PRIMERO: EL(LA) PROPIETARIO(A) alquila a EL(LA) INQUILINO(A) quien acepta: la casa No. 24-B, de la calle #39 de VILLA CARMEN ESTE, de esta ciudad de SANTO DOMINGO ESTE, que ha sido vista, examinada y encontrada a su entera satisfacción por EL(LA) INQUILINO(A) quien la usará para VIVIR LA PROPIEDAD exclusivamente, no pudiendo dedicarla a otro uso, ni cederla onerosa ni gratuitamente, ni sub-alquilarla en todo, ni en parte, sin el consentimiento por escrito de EL(LA) PROPIETARIO(A). 

SEGUNDO: EL(LA) INQUILINO(A) queda obligada a mantener la casa alquilada en buen estado, y todos los desperfectos en sus paredes, puertas, ventanas, pestillos, cerraduras, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias (obstrucción de inodoros, lavamanos, baños, bidet, fregaderos, y cualquier otro desagüe, cambios de zapatillas, roturas de llaves, etc.) serán repuestos por EL(LA) INQUILINO(A) a su sólo costo. También queda a cargo de EL(LA) INQUILINO(A) la pintura interior de la casa.

TERCERO: EL(LA) INQUILINO(A) se compromete a no hacer ningún cambio o distribución nueva en la casa, sin la previa autorización por escrito de EL(LA) PROPIETARIO(A) y en caso de obtenidas las mejoras realizadas en dicha casa, quedarán en beneficio de  EL(LA) PROPIETARIO(A), sin compensación de ninguna especie.

CUARTO: EL(LA) INQUILINO(A) se obliga a pagar por concepto de alquiler la suma de 2 DEPOSITOS DE DIEZSISEIS MIL PESOS ORO (RD$16,000), Y EL CUAL PAGARA MENSUAL LA SUMA DE OCHO MIL PESOS ORO (RD$8,000.00), la cual entregará en manos  de EL(LA) PROPIETARIO(A).

QUINTO: Las partes acuerdan que el presente CONTRATO tendrá una duración de 1AÑO a contar de la fecha del presente documento.

SEXTO: Queda convenido entre las partes, que los servicios de agua y luz son por cuenta de EL  INQUILINO(A), así como de cualquier otro servicio que pretendiere usar, obligándose a no dejar deudas en ningunos de ellos;  y en dado caso de que a la llegada del termino del presente contrato hubiere dejado cuenta pendiente de pago, automáticamente quedara convertido en deudor de EL (LA) PROPIETARIO(A), por la suma a que dieren lugar las deudas no pagadas.

SÉPTIMO: Queda convenido entre las partes, que el presente contrato no contempla de modo alguno, derechos sucesorales por parte de los herederos o causahabientes de EL(LA)  INQUILINO(A);  y en caso de fallecimiento de EL(LA)  INQUILINO(A), sus herederos y causahabiente deberán desocupar el inmueble a la llegada del término del presente contrato, o suscribir un nuevo contrato con EL(LA) PROPIETARIO(A), si éste así lo consiente. 

OCTAVO: Las partes convienen en que, si EL (LA) PROPIETARIO(A) decide vender el inmueble objeto de alquiler, en ejercicio de sus derechos legítimos, las estipulaciones del contrato de arrendamiento quedan transferidas de pleno derecho al nuevo propietario, y en consecuencia, todo litigio derivado de ese contrato y sus estipulaciones debe resolverse entre el nuevo propietario y el arrendatario. Asimismo, las disposiciones de este contrato seguirán vigentes entre EL(LA) INQUILINO(A) y EL (LA) PROPIETARIO(A) adquiriente, produciendo todos sus efectos jurídicos entre ellos, bastándole a EL(LA) PROPIETARIO(A) notificar a EL(LA) INQUILINO(A) una copia del acto de venta.

NOVENO: EL (LA) INQUILINO(A) presenta como su fiador solidario en el presente contrato, al señor _____________________, dominicano, mayor de edad, de estado civil _________, de profesión u oficio ___________, portador de la cédula de identidad y electoral No.___________, con domicilio y residencia en el No.___ de la calle __________ del Sector de ____________ de esta Ciudad; quien acepta la obligación de pagar cualquier suma que adeudare EL (LA) INQUILINO(A), si dejare de pagar los alquileres o si ocasionare al inmueble objeto del presente contrato desperfectos  o daños en la estructura del inmueble.

DECIMO:  Las partes convienen en que, si EL (LA) PROPIETARIO(A) decide vender el inmueble objeto de alquiler, en ejercicio de sus derechos legítimos, las estipulaciones del contrato de arrendamiento quedan transferidas de pleno derecho al nuevo propietario, y en consecuencia, todo litigio derivado de ese contrato y sus estipulaciones debe resolverse entre el nuevo propietario y el arrendatario. Asimismo, las disposiciones de este contrato seguirán vigentes entre EL(LA) INQUILINO(A) y EL (LA) PROPIETARIO(A) adquiriente, produciendo todos sus efectos jurídicos entre ellos, bastándole a EL(LA) PROPIETARIO(A) notificar a EL(LA) INQUILINO(A) una copia del acto de venta.
DÉCIMO PRIMERO: Las partes, convienen y así lo dejan establecido, que para lo no previsto en el presente contrato, se remiten al derecho común.  Y Para la ejecución del mismo, hacen elección de domicilio de la manera siguiente: EL(LA)  INQUILINO(A) y el fiador, eligen domicilio en la casa alquilada, cuando la estén ocupando, y en la residencia del fiador, cuando las hayan desocupado; y EL (LA) PROPIETARIO(A), en su residencia descrita anteriormente.-

HECHO Y FIRMADO de buena fe en dos originales del mismo tenor, siendo uno para cada una de las partes, en la ciudad de SANTO DOMINGO, a los  15 días del mes de DICIEMBRE del año  2012.

            EL (LA) PROPIETARIO(A)                                          EL (LA) INQUILINO(A)
FIADOR SOLIDARIO
Yo, __________________, Abogado Notario Público de los del  Número para ______________, CERTIFICO Y DOY FE: que las firmas estampadas en el presente documento fueron puestas, libre y voluntariamente en mi presencia por los señores _________________________ Y __________________ de generales que constan en este mismo acto, quienes me han manifestado que son estas las firmas que acostumbran usar en todos los actos de sus vidas, tanto públicos como privados, por todo lo cual debe dárseles fe y crédito. En la ciudad __________________, República Dominicana, a los _____________ días del mes de ____________________ del año 


__________________.
ABOGADO NOTARIO PÚBLICO

lunes, 27 de abril de 2015

EL PUEBLO MANDA

¡EL PUEBLO MANDA!




De manera exitosa concurrió la actividad del gran lanzamiento de Richard Severino, quien con Dios delante será el próximo síndico de Los Botados.
Este recorrido se realizo el día de ayer desde 3:00 hora de la tarde. Partiendo desde el 35 hasta la palmita arriba.
Atención provincia de Monte Plata, queda demostrado que Richard Severino, con asiento en Los Botados tiene el equipo político más grande y organizados, en Los Botados y en la provincia.


Según la el lanzamiento del hijo del Lic, Félix Severino, quien además de ser el sindico de Los Botados es el Presidente del PLD en la provincia de monte plata, el pueblo asegura que Richard unifica el partido, este domingo 26 fue demostrado pero también se dice que su padre el Lic. Félix  tiene el equipo político más grande y organizados, en Los Botados y en la provincia.

domingo, 19 de abril de 2015

Fuerzas Armadas y policiales dominicanas protegen los consulados en Haití

Fuerzas Armadas y policiales dominicanas protegen los consulados en Haití


Autoridades civiles y militares de la República Dominicana se reunieron en el CESFRONT para desarrollar un plan de seguridad a fin de proteger los consulados en Haití. [Foto: Cortesía Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana]

sábado, 18 de abril de 2015

10 mujeres más ricas del mundo

10 mujeres más ricas del mundo 1.- Christy Walton 2.- Liliane Bettencourt 3.- Alice Walton 4.- Jacqueline Mars 5.- Gina Rinehart 6.- Susanne Klatten 7.- Abigail Johnson 8.- Anne Cox Chambers Lugar en la lista 2013: 11 9.- Iris Fontbona Lugar en la lista 2013: no disponible 10.- Laurene Powell Jobs